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Recientemente en Colombia se sancionó la Ley N° 2099 de Transición Energética que modifica y complementa a la Ley N° 1715 de 2014. Tiene el objetivo de modernizar la legislación vigente y dictar otras disposiciones para la transición energética, la dinamización del mercado energético a través de la utilización, desarrollo y promoción de fuentes no convencionales de energía, la reactivación económica del país y, en general dictar normas para el fortalecimiento de los servicios públicos de energía eléctrica y gas combustible.
La reciente Ley incluye el hidrógeno azul y verde como fuentes no convencionales de energía, que podrán aplicar a beneficios tributarios, y reglamenta el uso de nuevas tecnologías de generación como la geotermia. Además, extiende estos beneficios tributarios a los proyectos de gestión eficiente de la energía. Las inversiones y los equipos de medición inteligente contarán igualmente con estos beneficios.
La Ley crea el Fondo Único de Soluciones Energética (FONENERGÍA), que articulará y focalizará las diferentes fuentes de recursos para financiar planes, proyectos y programas de mejora de calidad en el servicio, expansión de la cobertura energética, y fortalecerá el Fondo de Energías no Convencionales y Gestión Eficiente de la Energía, FENOGE.
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